Dependencia, empleo precario y malos tratos
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Dependencia, empleo precario y malos tratos

Dependencia, empleo precario y malos tratos

La situación de los ciudadanos con una dependencia severa se ha agravado con la lenta implantación de la nueva Ley y los intentos de sustituir la asistencia profesional por cuidadores no cualificados, obviando en texto legal imberbe.

Un país que realmente apueste por el estado del bienestar no sólo tiene que impulsar leyes y acciones asistenciales, destinar partidas presupuestarias adecuadas para gasto social, sino también controlar que ésas leyes realmente tienen un resultado y una aplicación correcta. Hasta ahora, la Ley de Dependencia sólo ha cumplido en parte el primero de estos puntos.

Una norma que afecta directamente a ciudadanos con una dependencia severa requiere de un control y una eficacia en la ejecución de la que ha carecido hasta ahora la Ley de la Dependencia. Y digo esto por que un colectivo como éste necesita que se garantice que sea atendido por profesionales cualificados y en recursos que aseguren una atención sociosanitaria, esto es, que dispongan de asistencia médica, además de social.

Por ello, el articulado de la Ley da prioridad a los servicios de atención domiciliaria o en centros especializados. Otra cosa es que esto se cumpla. O que haya una voluntad política de controlar que las personas en situación de dependencia, temporal o permanente, vean garantizados sus derechos.

Y, como recoge la citada Ley, sólo en caso de que no hubiera acceso a estos recursos, la persona dependiente fuera cuidada por un familiar y, por tanto, éste recibiría la prestación para su cuidado. Claro que, ni siquiera esta excepción tiene en cuenta factores de riesgo evidente, como en el caso de las personas con dependencia severa.

El problema es que esta situación excepcional se está convirtiendo en una norma que ha generado una bolsa empleo precario y cuidados no cualificados para personas que necesitan en muchos casos una atención especializada 24 horas del día. Como consecuencia de esto, se origina un perjuicio directo hacia las personas en situación de dependencia que carecen de cuidados médico-asistenciales cualificados y, por extensión, a sus familiares, ya que la prestación que contempla la administración para los casos excepcionales en los que no exista plaza no cubre las necesidades reales de un dependiente, además de la sobrecarga de trabajo que recae sobre los familiares.

No es una advertencia baladí. Ni ganas de meter miedo innecesariamente. Se trata de un punto de atención que ha sido destacado en numerosos estudios de entidades de prestigio como Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia. De hecho, en su informe sobre Maltrato de personas mayores en la familia en España, se alerta sobre la atención no profesional de éstos ciudadanos y se insiste en que puede acabar en un caso de maltrato familiar inconsciente o involuntario.

En determinados casos, no sólo vale el cariño familiar hace falta un conocimiento acreditado y la vigilancia y cuidado permanente de la persona. Así lo expresa la propia La ley de Dependencia que dice que los grandes dependientes necesitan una asistencia continuada y permanente. No podemos dejar esa carga y responsabilidad en un familiar. Esta medidad únicamente provocará mermas en la salud del dependiente y también del cuidador.

Reitero que no se trata en muchos casos de falta de cariño, sino de actitudes inconscientes que acaban provocando situaciones de negligencia, una de las formas con mayor presencia en los casos de maltrato de personas mayores en la familia. O, lo que es lo mismo, consecuencia no de acciones voluntarias sino de la omisión que prive a un anciano de la atención necesaria para su bienestar.

Entran en este tipo de casos cuestiones como proporcionar dosis inadecuadas de medicación -por exceso o por defecto- o una medicación errónea, privar de las necesidades básicas -alimentación, higiene, calor, ropa adecuada al clima, asistencia sanitaria-, etc.

De ahí, la importancia de que la Ley de la Dependencia se aplique con coherencia y garantice la asistencia profesional, en recursos adecuados y con personal cualificado, frente a prácticas que pueden paliar la imagen social sobre la lenta aplicación de la norma actual, pero que provocarán consecuencias graves, desde la generación de bolsas de empleo precario e incontrolado a situaciones que no garanticen el cuidado adecuado de las personas con dependencia severa.

Alberto Giménez · Pte. de Aerte

www.aerte.es · www.sanserif.es